FRONTINO ES MUNICIPIO DESDE 1850

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(Estudio histórico realizado por RAMÓN ELEJALDE ARBELÁEZ)

Esta nota tiene por objeto plantear una inquietud de tipo histórico, que debemos resolver los frontineños con algún rigor científico.

Para algunos nuestro pueblo fue fundado en 1.859, para otros, entre los cuales me cuento, lo fue en 1.850. Estudiemos lo que nos dice la historia:

Escribe Don Ramón A. Elejalde Escobar en su “Monografía de Frontino”, que: “A principios de año de 1.850, este distrito hacía parte del de Dabeiba (más adelante veremos que esta afirmación no es real), pero debido, probablemente, a los grandes trabajos instalados en la mina de “El Cerro”, que estimularon la inmigración de este lugar, fue creado el Distrito de Frontino a fines del mismo año, como consta en el siguiente documento: “Ordenanza 7ª. Creando un Distrito Parroquial en el paraje denominado “El Frontino”. La Cámara Provincial de Antioquia, en virtud de la facultad que le concede la atribución 21 del Artículo 3 de la Ley de 3 de junio de 1.848, Ordena: —Artículo Primero: Se crea un Distrito Parroquial en el paraje denominado “El Frontino”, en el Cantón de Antioquia.—Artículo Segundo: Este distrito se denominará “Frontino” y su cabecera será en los llanos de este nombre.—Artículo Tercero: Los límites de dicho distrito serán… septiembre 28 de 1.850”. Sancionada el 1 de octubre del mismo año”.

La erección de Frontino en Distrito Parroquial fue iniciativa del diputado ISIDORO VILLA. Firman la ordenanza respectiva el Presidente de la Cámara Provincial de Antioquia, J. M. Martínez y el secretario, Rafael Restrepo Uribe. Sancionó la misma el  gobernador de Antioquia, JORGE GUTIERREZ DE LARA.

Como podemos observar al leer la ordenanza, Frontino, antes de su creación como Distrito, era simplemente “un paraje”  denominado “El Frontino”.

Las dos ediciones de la “Monografía de Frontino” que se han publicado, traen una imprecisión cuando afirman que Frontino fue segregado de Dabeiba. La realidad es que Dabeiba fue elevado a la categoría de Distrito Parroquial por Ordenanza Nro. 15 de Octubre 17 de 1.850, es decir dieciséis días después de Frontino y ambos pertenecían  al Distrito de Cañasgordas, en el Cantón de Antioquia.

Más adelante afirma el autor citado que “Dos años después, la misma Cámara reunida en la ciudad de Antioquia, por medio de la Ordenanza Número 1 de 29 de septiembre de 1.852, decretó la supresión de este distrito (Frontino), distribuyendo su territorio entre los municipios de Dabeiba y Cañasgordas”.

Muchos detalles se omitieron en las dos ediciones de la “Monografía de Frontino”, que es bueno analizarlas para iniciar el debate sobre el tema:

1 – En 1.851 la Provincia de Antioquia fue dividida en las provincias de Antioquia (Capital Antioquia), Córdoba (Capital Rionegro) y Medellín (Capital Medellín).

2- El día 15 de mayo de 1.851 se expide una ley sobre ordenamiento territorial en Antioquia donde no figura Frontino por parte alguna. Lo que hace suponer que sigue siendo distrito de conformidad con la creación de la Ordenanza 7ª de 1.850.

3- La Ordenanza 1 de 1.852 dispone la supresión del Distrito Parroquial de Frontino. Lógicamente que se suprime lo que existe.

4- La Ordenanza 13 de 15 de diciembre de 1.853, que vuelve a tocar el tema de las entidades territoriales en el departamento, no menciona a nuestro Municipio.

5- La Ordenanza 27 del 31 de octubre de 1.855 vuelve a crear el Distrito Parroquial de Frontino.

6 – La Ley de 8 de noviembre de 1.856 lo convierte en corregimiento del Departamento de Antioquia.

7 –  El 16 de diciembre de 1.856 la legislatura del Estado Soberano de Antioquia eliminó los Distritos de Dabeiba y Abriaquí y los anexó a Frontino. Esto nos indica claramente que en 1.856 Frontino era un Distrito Parroquial (o Municipio como lo veremos más adelante) y que la norma de treinta  y ocho días atrás no tuvo vigencia alguna.

8 – La Ley del 5 de diciembre de 1.857  dispone en su artículo primero que Frontino sea un Distrito  y en el artículo 4º , numeral 3º  dice textualmente que “El Departamento de Occidente, compuesto de la ciudad de Antioquia, que es su cabecera y las parroquias de Anzá, Buriticá, Cañasgordas y Urrao y los corregimientos de Frontino, Ituango y Sabanalarga”. Es decir que la ley trae una notoria contradicción, pues por una parte erige a Frontino en Distrito y por otra parte dispone que sea un corregimiento.

9 – Viene luego, diría yo, el tema central de la discusión, pues quienes afirman que Frontino fue erigido municipio en 1859 se basan  en las afirmaciones de las dos ediciones de la “Monografía de Frontino”, cuando éstas  dicen: “… el año de 1.859 en que la ley 17 creó definitivamente el Distrito, según puede verse en sus artículos 14 y 15 que a la letra dicen: “artículo 14. El territorio del antiguo distrito de Dabeiba, hará en lo sucesivo parte del distrito de Frontino.—-artículo 15. Trasládese a la fracción deEl Cerro” la cabecera del Distrito de Frontino”. De una lectura detallada del anterior párrafo podemos concluir que el historiador lanza unos conceptos reñidos con la realidad: La ley 17 no creó por parte alguna  al Municipio de Frontino. He leído detenidamente los diecinueve artículos que contiene esta disposición y no escribe nada sobre del tema. La ley en su artículo catorce está suprimiendo al Municipio de Dabeiba y anexando su territorio al Distrito de Frontino. Obviamente para poder disponer de este traslado es porque ya está erigido como tal y en su artículo quince  traslada la cabecera del Municipio de Frontino a la fracción de “El Cerro”. Cuando se va a trasladar algo es porque ya existe. No puedo trasladar lo inexistente. El historiador realizó deducciones ilógicas, que erróneamente se han copiado por todos los que en alguna forma escribimos sobre nuestro pueblo.

Pero es más. Afirmar que la creación definitiva de nuestro pueblo se hizo en 1.859 es otro dicho que va contra la verdad histórica, como lo veremos en el numeral siguiente.

10 – El llamado Decreto Mosquera o denominado “Decreto Fundamental” de 13 de noviembre de 1.862 en su artículo 1, numeral 11 dispone que Frontino sea una Aldea del Municipio de Antioquia. Es decir, que Frontino para esta época no cuenta con Cabildo, ni autonomía de Entidad Territorial. Su máxima autoridad es un regidor.

11 – No debió llegar a Frontino la disposición anterior, cuando se expide la Ley de 13 de mayo de 1.863 que crea, ahora sí en forma definitiva, al Distrito de Frontino.

12- Vienen luego la Ley 13 de 23 de agosto de 1.864, la Ley 77 de 23 de abril de 1.866, la Ley 199 de octubre 20 de 1.871, la ley 50 de 5 de diciembre de 1.877, el decreto 397 de 28 de octubre de 1.885, el decreto 490 de septiembre 1 de 1.886 y la ley 6 de septiembre 20 de 1.890, que reordenan el territorio antioqueño y todas ratifican a Frontino como Distrito.

13- El decreto 916 de 31 de agosto de 1.908 habla ya de Frontino como Municipio del Departamento de Antioquia.

Pero para la discusión  histórica es bueno hacer algunas precisiones:

Se ha afirmado recientemente, que la creación realizada  en 1.850 fue simplemente la consagración de la región que hoy ocupa el Municipio, como una parroquia. Esa manifestación tampoco es exacta. La Constitución colombiana de 1.832 suprimió los departamentos y dividió el territorio nacional en provincias, cantones y distritos parroquiales, lo que nos indica claramente que el distrito parroquial es, para la época, una división territorial del Estado, con autoridad civil y cabildo, que posteriormente mantuvieron las Constituciones de 1.843 y 1.853, hasta cuando la Constitución de 1.858 dejó en poder de los ocho estados creados por ella,  la facultad de indicar cuál era la división territorial de cada uno de ellos. Queda claro que entre 1.832 y 1.858 la entidad territorial básica del Estado colombiano se llamaba distrito parroquial y no municipio, como ahora.

Para 1.850 estaba vigente la constitución de 1.843, que en su artículo 8 dispuso: “El territorio de la Nueva Granada se dividirá en provincias. Cada provincia se compondrá de uno o más cantones, y cada cantón se dividirá en distritos parroquiales…”

Para ahondar en datos es bueno precisar que Frontino fue elevado a la categoría de parroquia por Monseñor Jesús María Rodríguez el 20 de enero de 1.872.

Pero aún me queda un argumento. Si por cualquier circunstancia, y ojalá ésta jamás ocurra, nuestro Municipio dejara de serlo por algún tiempo y fuera posteriormente reconocido como tal, ¿cuál sería la fecha de fundación como municipio? ¿1850 o la última de su nueva creación? Indudablemente que la historia hay que respetarla. Así existan intervalos de nuestra existencia en que nos haya correspondido ser corregimiento, aldea o sitio, nuestra fundación fue en 1.850.

Es bueno rememorar que el primer alcalde de Frontino fue el señor Miguel Villa en 1.850. Indudable que la historia municipal de nuestro pueblo se remonta a este año. A propósito estamos los frontineños en mora de un reconocimiento que inmortalice y haga conocer de nuestros descendientes las figuras de ISIDORO VILLA, proponente de la Ordenanza que creó a Frontino como Municipio y MIGUEL VILLA, nuestro primer Alcalde (¿Serán Miguel e Isidro Villa familiares?).

El estudio histórico sobre la creación de Frontino como Municipio me ha llevado a conocer detalles sobre nuestra vida municipal que seguramente muchos de nosotros desconocemos. Como preámbulo a lo anterior deseo contarles que en el tomo 61, expedientes 4505, 4506 y 4507 que sobre minas guarda el Archivo Histórico de Antioquia se dice que Martín Gutiérrez, le solicita al gobernador Rafael María Giraldo en el mes de julio de 1.856 le sea autorizada la explotación de una mina en la Piedrahita. Por la misma época solicitan Valeriano Gaviria, Manuel Hurtado, José Posada y José Posada Arguelles (¿padre e hijo?) amparo de una mina en el paraje de Murrí, Quebrada de Ganchidó, Distrito de Frontino (Léase bien. Distrito de Frontino).- Braulio Gaviria, Valeriano Gaviria, José María Suárez y Pedro Rodríguez solicitan al mismo Gobernador, por la misma época, permiso para explotar la Mina  “El Cerro”. En estos expedientes queda perfectamente claro, en todas las providencias del Gobernador Rafael María Giraldo, que Frontino es un Distrito.

Otro aspecto importante que es bueno citar es el relacionado con la ley de 3 de junio de 1.848 que dispone que las cámaras provinciales tienen la facultad de crear o suprimir distritos y que en cada distrito funcionará un cabildo parroquial y que “en las poblaciones de menos de 600 habitantes y que a juicio de la cámara no puedan sostener las cargas públicas, serán aldeas, gobernadas por un regidor”. El primer cabildo de Frontino funcionó a partir de 1.850.- Mayor claridad no puede existir.

En la obra “Frontino – Memoria Cultural”, editada por la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento de Antioquia” en 1.991 y que recogió una valiosa información recopilada durante el mes de septiembre de 1.984 por instituciones tan respetables como Colcultura, Secretaría de Educación Departamental, Universidad Nacional, Universidad de Antioquia y Escuela Popular de Arte, entre otras, se afirma con precisión que El Frontino fue  erigido municipio en 1.850.

CONCLUSIÓN: La historia es irrebatible, Frontino fue erigido municipio mediante ordenanza departamental número 7 de veintiocho de septiembre de 1850, que fue sancionada el primero de octubre del mismo año. Esta fecha tampoco se puede confundir con la llegada de los primero pobladores al lugar que hoy ocupa la municipalidad, que fue en el año de 1806, cuando según se sostiene, unas familias Arias y Guzmán, provenientes de Sabanalarga y Cañasgordas comenzaron el poblado, afirmación original de Don Manuel Uribe Ángel en su obra Geografía General del Estado de Antioquia en Colombia, que retoma Don Ramón Antonio Elejalde Escobar en la primea edición de La Monografía de Frontino. Craso error confundir fundación del poblado con erección en municipio.

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